Advierten a los funenses sobre la prohibición de venta y uso de la pirotecnia en la ciudad

Quienes incumplan con esta normativa serán sancionados con fuertes multas

En la proximidad a la celebración de las fiestas, por su parte el municipio de Funes mediante una carta dirigida a los comerciantes de la ciudad, recuerda que se encuentra en vigencia la ordenanza N° 10777 / 16 la cual prohíbe en su artículo N° 2 la comercialización, fabricación, depósito, circulación, transporte, venta al público mayorista y minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería sea libre o no, y/o de fabricación autorizada.

Desde Noviembre del año 2016 la ciudad fue declarada “Territorio Libre de Pirotecnia” y esta norma alcanza a la pirotecnia sonora utilizada con fines de recreación, personal, privada o social, de orden público o privado.

Vale recordar las implicancias que tienen los artefactos pirotécnicos en materia sonora sobre la salud tanto en los humanos como así también en los animales.

Quienes incumplan con esta normativa serán sancionados con fuertes multas como así lo dispone la ordenanza en su artículo N° 10

  • Las infracciones a la presente Ordenanza serán penadas e incorporadas
    dentro el Código de Faltas Municipal, Ordenanza 015/92, con multas entre diez (10) hasta mil (500) litros de nafta Súper YPF, en su equivalente en pesos al momento de efectivizarse la sanción. Pueden aplicarse accesoriamente las sanciones de comiso clausura y/o inhabilitación por los términos y sanciones establecidos en el aludido Código de Faltas.
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