La Corte cerró la puerta a la excarcelación de Lula

Anoche desaparecieron las esperanzas de quien ansiaba que el fallo de un juez brasileño pudiera abrir la puerta a que el ex presidente Luiz Inácio da Silva recuperara su libertad. Aunque un ministro del Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF) ordenó ayer temprano que se pudiera soltar a reos condenados en segunda instancia con algún recurso de apelación disponible, horas después el presidente de dicho organismo, José Antonio Dias Toffoli, optó por suspender la decisión atendiendo a un pedido que poco antes había hecho la procuradora general brasileña, Raquel Dodge, en el que manifestó su rechazo a la liberación de presos.

Dodge mostró su oposición al fallo de Marco Aurélio, el juez que había tomado en soledad la decisión de liberar reos, ya que, en su opinión, viola el principio de colegialidad del máximo tribunal de Justicia. La fiscal general argumentó que la disposición que beneficiaba a Lula podía causar “una grave lesión al orden y la seguridad“. Según la fiscal, casi 170 mil presos de todo el país podían verse beneficiados.

El fallo de Mello estaba basado en un artículo de la Constitución, según el cual una pena de prisión sólo puede comenzar a ejecutarse una vez que se cumpla lo que en Brasil se conoce como “tránsito en juzgado“, que supone el fin de todo el proceso de apelaciones.

Marco Aurélio es el relator en el máximo tribunal del proceso que analiza si es constitucional que quienes fueron condenados por un magistrado y luego recibieron otro fallo desfavorable ante una cámara revisora empiecen a cumplir pena en prisión, aun y cuando todavía puedan recurrir a una apelación.

La modalidad de detención sin atender las tres instancias había sido inaugurada bajo el control de la operación anticorrupción Lava Jato del juez Sérgio Moro, hoy ministro de Justicia designado por el presidente electo Jair Bolsonaro. Lula fue inhabilitado en septiembre ultimo para ser candidato presidencial por la ley de Ficha Limpia, que impide a los ciudadanos a aspirar a un cargo electivo si cuentan con condenas judiciales en dos instancias.

El 10 de abril, el plenario del máximo tribunal juzgará finalmente la constitucionalidad de la figura jurídica de sentencia en segunda instancia. Hasta ese entonces, la resolución de Aurélio de ayer quedará suspendida.

Tanto el presidente del STF como la procuradora coincidieron en que hasta ahora los fallos que el STF emitió han considerado constitucional que los condenados por un tribunal revisor comiencen a cumplir pena en la cárcel. Dias Toffoli es el único miembro del STF en funciones luego de que en la tarde de ayer comenzara el receso judicial, por eso debió decidir.

Pese al carácter preliminar o cautelar, el fallo de Aurélio era vinculante para todos los jueces del país, aunque no de aplicación automática. Sin embargo, la rápida apelación de Dodge y el fallo del presidente del STF abortaron la posibilidad de que fuera aplicado en algún caso. “Concedo la suspensión de la medida cautelar para suspender los efectos de la decisión anunciada el día de hoy (miércoles)“, escribió Días Toffoli, poniendo fin así a un nuevo forcejeo judicial en Brasil en torno al ex mandatario de izquierda (2003-2010). Toffoli, con su intervención antes de que el sistema judicial entrara en receso de verano, puso freno a una posibilidad fuertemente rechazada por los sectores conservadores que se preparan para gobernar desde el primer día de 2019.

Fuente:lacapital.com

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