Por qué la Justicia argentina accedió al pedido de Chile para extraditar a Jones Huala

Apenas pasadas las 5 y media de la tarde del 27 de junio del año pasado, una patrulla del escuadrón 35 de Esquel de Gendarmería Nacional paró un Renault 19 que violaba la ley de tránsito porque llevaba seis ocupantes. En ese momento, bajó del auto uno de los pasajeros y le dijo a uno de los gendarmes: “¿Sabés quien soy yo?”. A la par, mostró un documento de identidad que acreditaba que se trataba de Facundo Jones Huala, jefe de la temible Resistencia Ancestral Mapuche (RAM).
Al verificar los gendarmes la existencia de una “notificación roja” de Interpol en virtud de un pedido de captura internacional de la Justicia de Chile, procedieron a detener al líder mapuche.
Uno de los hechos por el que era buscado Jones Huala ocurrió el 9 de enero de 2013. Esa noche, cerca de las 11, el jefe de la RAM y otros dos cómplices, vestidos con ropa militar de fajina, encapuchados y a punta de pistola, ingresaron a la vivienda del cuidador de un campo de Río Bueno, comuna de la provincia chilena de Ranco.
En la casa estaba la familia del cuidador del campo, entre ellos cuatro chicos de 12, 6, 5 años, y un bebé de 6 meses. Huala y los otros dos sujetos maniataron a los dueños de casa, los hicieron salir de la vivienda, rociaron el inmueble con combustible, prendieron fuego y se dieron a la fuga.
Días más tarde, Facundo Jones Huala fue detenido junto a sus cómplices en la vivienda de Millaray Huichalaf Pradines, una líder espiritual mapuche que les había dado refugio en su casa. En el lugar la policía incautó una escopeta de fabricación casera y gran cantidad de cartuchos.
Hubo incidentes en el juicio en el que se determinó la extradición de Jones Huala (Foto: Marcelo Martínez)
La Justicia trasandina lo acusó por cuatro delitos: incendio en lugar habitado, tenencia de armas de fuego de fabricación artesanal, tenencia ilegal de munición e infracción a la ley de extranjería por ingreso clandestino al país.
Por estos hechos Jones Huala tenía prisión domiciliaria en Chile a la espera del juicio oral -que se realizó en 2014- pero se fugó y regresó a la Argentina hasta que fue apresado por la Gendarmería.
Requerido por la Justicia chilena, el juez federal de Bariloche, Gustavo Villanueva hizo lugar al pedido de extradición en dos de los hechos y no la concedió en los otros dos. Declaró procedente el pedido por los delitos de incendio y tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal mientras que consideró improcedente el requerimiento por tenencia ilegal de munición y por ingreso clandestino al país.
Esta decisión se basó en la Convención Interamericana de Extradición de Montevideo, norma aplicable al caso y que establece que el hecho por el cual se reclama la extradición tiene que ser delito tanto en el Estado requirente como el Estado requerido. Ni la tenencia ilegal de munición ni el ingreso clandestino son delitos punibles en la Argentina.
Facundo Jones Huala
La defensa de Jones Huala había alegado que la extradición era improcedente porque consideraba que el proceso en Chile tenía el propósito de perseguir al jefe de la RAM por sus opiniones políticas, por pertenecer al pueblo mapuche y por ser de nacionalidad argentina. Todos estos planteos fueron rechazados por el juez Villanueva al afirmar que “la inexistencia de persecución en el país requirente se refleja en la tramitación del expediente conforme al debido proceso legal”. El magistrado agregó que “en todo momento se respetaron las garantías del extraditable y bajo ningún aspecto podría tildarse el proceso chileno de persecutorio o violatorio de las garantías fundamentales que lo amparaban”.
Una vez que quede firme la sentencia, el juez Gustavo Villanueva deberá enviar una copia al Ministerio de Relaciones Exteriores, y dentro de los diez días hábiles de recibida, el Poder Ejecutivo Nacional decidirá si entrega o no a Facundo Jones Huala para que sea juzgado por la Justicia de Chile.

FUENTE: INFOBAE

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