Para la justicia porteña las rejas en Plaza de Mayo son ilegales

De acuerdo al fallo del juez Osvaldo Otheguy, la colocación de rejas metálicas no está autorizada en el artículo 4.1.2.2.1 del código porteño que establece que “en el espacio propio de la Plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes” y que todo “proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo y aprobado por ley”.

Al no contar con el visto bueno de la Legislatura porteña, el juez instó al Gobierno de la Ciudad a sancionar en una ley que permita la instalación de rejas, o de caso contrario, quitar las que están puestas. Para esto le da un plazo de 90 días a partir de que el fallo quede firme.

El amparo fue presentado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad a inicios del año pasado cuando se iniciaron las obras de remodelación en el lugar. En ese momento desde la cartera de Ambiente y Espacio Público explicaron que se instalaron rejas y portones que cuentan con un sistema de plegado que facilita el flujo del tránsito y que las mismas pueden ser desmontadas en 48 horas.

Pero como la Plaza de Mayo fue declarada “Lugar Histórico Nacional” en el año 1942, la ley establece, además, que cualquier remodelación en el lugar debe ser aprobada por la Comisión Nacional de Monumentos, Lugares y Bienes Históricos (CNMLBH), por tratarse de un lugar protegido. Según consta en la causa, la Comisión también se manifestó en contra de la colocación de las rejas.

En tanto, fuentes del Gobierno porteño manifestaron al PERFIL que todavía no fueron notificados del fallo de forma oficial, por lo que no se avanzó en ninguna medida al respecto.

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