Cómo tramitar los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos que lanzó el Gobierno Nacional

Serán otorgados a través de la tarjeta de crédito y la persona que los solicite deberá hacerlo en el mismo banco donde ya viene operando. El monto máximo será $150.000

 

El Gobierno abre una línea de créditos a tasa cero para pequeños contribuyentes y autónomos
Son modificaciones al DNU por el cual se creó a principios de mes el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Se simplifica el sistema y se establece mecanismos más directos de ayuda para el pago de salarios por parte de las empresas y para la acreditación de beneficios a particulares

A comienzos de abril, el Gobierno avanzó con un paquete de medidas para ayudar a las empresas a paliar la crisis derivada de la emergencia en la que entró el país producto del coronavirus. Desde entonces, las compañías no pueden usar la pandemia como excusa de “fuerza mayor” para deshacerse de personal, pero tienen ayuda del Gobierno para pagar los sueldos, además de una postergación y/o rebaja de las cargas patronales durante el mes de abril.

Todo se hace bajo el paraguas del nuevo Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, pero ahora el Gobierno definió una serie de modificaciones a ese decreto que tiene menos de 20 días.
Se abrirá una línea de “créditos a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos en las condiciones” con subsidio del 100% del costo financiero total.
Además, se amplia el tiempo en el que las empresas pueden haber sido afectadas económicamente por el impacto del coronavirus. El decreto anterior habla de “Sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020” y la nueva norma en análisis remplazaría esa fecha por el 12 de marzo: o sea, 8 días antes.
Así, los alcanzados por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción podrían acceder a los beneficios si cumplen uno o varios de los siguientes criterios:
a. Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
b. Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiadas por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
c. Sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 12 de marzo de 2020.
Así, los beneficios en cuestión son:
– Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
– Salario Complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
– Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el BCRA, con subsidio del 100% del costo financiero total.
– Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores y las trabajadoras que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo de acuerdo con lo previsto por el artículo 10 del presente decreto”. Al respecto, se dispone que los trabajadores que reciban el beneficio accedan “a “una prestación económica por desempleo de un mínimo de $ 6000 y hasta un máximo de $ 10.000”.
El nuevo DNU simplifica las condiciones para las reducciones de hasta el 95% de las contribuciones patronales correspondientes a abril. En el decreto 332 este beneficio estaba disponible para empresas de hasta 60 empleados y establecía que las empresas con más de 60 empleados, para acceder al beneficio, debían entrar en “Procedimiento Preventivo de Crisis”. La nueva formulación dice en cambio que “el beneficio de la reducción será establecido por la Jefatura de Gabinete” en función nueva “normativa a dictarse”.
El artículo 4 del nuevo DNU, sobre el pago del 50% del salario neto del trabajador por parte de la Anses, establece como mínimo una suma equivalente a un salario mínimo y como tope la suma de dos salarios mínimos o el total del salario del trabajador registrado. La formulación previa era mucho más farragosa, en función de la cantidad de empleados de la empresa solicitante del beneficio y fijando porcentajes diferenciales en función del salario del empleado.
Otro artículo se refiere a los préstamos a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y Autónomos a través de financiación directa a través de la tarjeta de crédito del beneficiario, según normativa a establecer por el BCRA, con un tope del 25% del límite superior de Ingresos Brutos en la categoría del Régimen Simplificado y hasta un máximo de $ 150.000, a pagar en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a las que se agregará “el monto equivalente al pago de las sumas totales que los trabajadores y las trabajadoras deben abonar por los períodos mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales”.
La norma también bonifica a través del “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP)” el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los Créditos a Tasa Cero que se otorguen a personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadoras o trabajadores autónomos. Para cumplir esto, se transferirían al Fondep, que depende del ministerio de Desarrollo Productivo, $ 11.000 millones
También se fija que el Fondo de Garantías Argentina (FoGAR) avale hasta 100% los Créditos a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadoras o trabajadores autónomos, sin exigir contragarantías”. Para financiar esta nueva facilidad, el gobierno transferirá al Fogar la suma de $ 26.000 millones.

Los créditos se otorgarán directamente en la tarjeta de crédito del beneficiario

A través del Decreto 376/2020, el Gobierno estableció un crédito a tasa cero para monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos, es decir, que no estén en relación de dependencia. ¿Cómo se podrá acceder al beneficio? Las personas que quieran solicitar estos créditos deberán hacerlo directamente en el banco en el que ya están operando y luego les será acreditado a través de su tarjeta de crédito.

“Lo que hicimos fue incorporar un nuevo sector de la población que son todos los monotributistas, independientemente de la categoría que estén, y autónomos que hayan tenido una caída pronunciada en sus ingresos. Les vamos a bonificar la tasa de interés de un crédito que para ellos va a ser a tasa cero”, explicó el ministro de Trabajo Claudio Moroni, en declaraciones a Radio Rivadavia.
 La idea es que el crédito tenga un plazo de gracia importante, de modo tal de que se empiece a pagar una vez que la actividad se haya reanundado
El crédito se acreditará directamente en la tarjeta de crédito del beneficiario y será por un monto igual al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto el monotributista —en el caso de autónomos no hay categorías— hasta un máximo de $150.000.
La línea de crédito —que se debe solicitar en el mismo banco donde ya se viene operando— va a estar regulada por el Banco Central, que en breve dará a conocer las regulaciones correspondientes, y tendrá garantía de Fondo de Garantías Argentino (FoGAR).
“La idea es que el crédito tenga un plazo de gracia importante, de modo tal que se empiece a pagar una vez que la actividad se haya reanudado”, adelantó Moroni. Según detallaron desde el Ministerio de Producción, habrá un período de gracia de seis meses y el plazo para la cancelación del crédito será de 12 meses. Por lo tanto, se terminará de pagar a los 18 meses.
En el texto del Decreto se establece que el financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas y que será acreditado en tarjetas de crédito de los beneficiarios, de acuerdo a lo que establezca el BCRA. También se contempla que a cada desembolso se le adicionará un monto equivalente a la cuota impositiva y previsional del Monotributo o de jubilación autónomos.
“Preveíamos una cuarentena de 10 a 15 días y ahora estamos con una cuarentena de 45 días y esto nos llevó a ampliar el paquete de ayuda. Los monotributistas, odontólogos, kinesiólogos y un montón de oficios no han podido trabajar por la exigencia de la cuarentena. Estamos poniendo una financiación que se va a poder acreditar en la tarjeta de crédito y que la finalidad es que el monotributista o autónomo pueda pagar sus gastos mientas dure la situación de cuarentena”, explicó el ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas, en diálogo con Luis Novaresio en Radio La Red.
“El crédito a tasa cero va a tener un período de gracia para que pueda pagar esos gastos con tranquilidad cuando la situación esté solucionada y la economía esté en funcionamiento”, agregó el ministro.

Cinco preguntas sobre cómo se otorgarán los créditos
¿Quiénes pueden acceder al crédito a tasa cero?
Personas adheridas al Régimen Simplificado (Monotributo) de todas las categorías y trabajadores autónomos. Las condiciones van a ser establecidas por la Jefatura de Gabinete y el Banco Central (BCRA)
¿Dónde se debe solicitar el crédito?
En el mismo banco donde se opera habitualmente.
¿Cuál es el monto al que se accede?
El monto de la financiación no podrá exceder el 25% del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del monotributo, con un máximo de $ 150.000.
¿Dónde se recibe el crédito?
El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. A cada una de las cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que se deben abonar por el impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de los monotributistas o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadores autónomos. El monto referido será retenido y depositado periódicamente en la AFIP.
¿A partir de cuándo se debe comenzar a pagar?
Desde el Gobierno adelantaron que tendrá un plazo de gracia de seis meses y se cancelará en 12 cuotas.

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