Se puede tramitar el Certificado de Discapacidad en Funes

Las coordinaciones de Inclusión Social y de Género y DDHH presentaron ayer a la Junta Evaluadora de Discapacidad.

Las coordinaciones de Inclusión Social y de Género y DDHH presentaron ayer a la Junta Evaluadora de Discapacidad, lo cual permitirá que a partir de hoy, se pueda tramitar el CUD en la ciudad.

El CUD brinda varios beneficios a la persona que lo obtiene. Entre los más destacados de acuerdo a la reglamentación citada, se encuentran:

– Los Decretos N° 38/2004 y N° 118/06 que establecen el acceso gratuito al transporte (no para pasajes aéreos) público Nacional de corta, mediana y larga distancia en Trenes, Subtes, Colectivos y Micros. Este derecho permite viajar en forma gratuita en las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional, en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social. La franquicia es extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada.(no para pasajes aéreos)

-Si posee una cobertura de salud por Obra Social o Medicina Prepaga, tiene acceso al 100% de la cobertura en medicación y tratamiento del diagnóstico que figura en su C.U.D. (Ley Nº 24.901). 

– Asignaciones familiares: para conocer dichos beneficios debe consultar en www.anses.gob.ar

-Eximición de Impuesto Municipales: Para conocer los requisitos de acceso a este beneficio, consulte en Acción Social de su Municipio.

-Beneficios impositivos:

a)  Exención del pago de patentes de un automotor

Ser titular de la unidad adquirida. El vehiculo debe poseer el Símbolo Internacional de Libre Estacionamiento. Poseer el certificado de discapacidad, otorgado por la autoridad sanitaria competente. La exención del pago de la patente se concede conforme a lo normado en el régimen de la Ley Nacional 19.279 y lo dispuesto en los Códigos, Leyes y/o Ordenanzas Fiscales. La exención del pago de patente alcanza a un solo vehículo, en tanto el beneficiario conserve la única titularidad del dominio.
NORMATIVA: Ley Nac. 19.279, Ley Nac. 25.280, y lo dispuesto en los Códigos Fiscales vigentes

b) Solicitar una franquicia tributaria para la adquisición de un automóvil.

El beneficio consiste en una contribución del Estado para adquirir un vehículo de industria nacional, tipo estándar sin accesorios opcionales ni comandos de adaptación y su precio de contado de venta al público, no superara el 50 %. También se puede optar por la exención de los impuestos internos y/o gravamen impuesto a la unidad o adquirir uno de origen extranjero, modelo estándar con los mecanismo de adaptación necesarios y sin accesorios opcionales, su costo es al valor F.O.B. está exento del pago de derecho de importación y de los impuestos internos entre ellos de las tasas de estadísticas y servicio portuario.

c)  Descuento del Impuesto a las Ganancias (Solo para el Empleador)

Las personas con discapacidad no se encuentran exentos del Impuesto a las Ganancias, los únicas exenciones vigentes son para los impuestos municipales y para el impuesto automotor.
Por otro lado, en relación a la AFIP, “todo empleador que contrate a una persona con discapacidad, también tiene una franquicia. Del sueldo tienen una quita de lo que le pagan a la persona con discapacidad y cuando tengan que liquidar los impuestos a ganancias pueden deducir lo que abonan en concepto de remuneración a la persona con discapacidad”.

d) Turismo: para conocer los beneficios consulte en: http://www.turismo.gov.ar

La persona interesada en tramitarlo deberá pedir turno previo por whatsapp al 3413103132.

la atención para realizar el trámite se brindará en el Centro de Salud “Abel Faust” ubicado en Mitre y Maipú donde la Junta atenderá los días martes.

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