Manuel Tienda León deberá indemnizar a un cliente con 120.000 pesos

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la condena a la empresa “Manuel Tienda León” por el robo de las pertenencias de un pasajero durante un asalto. Según lo confirmó el portal Tiempo de Justicia, el 10 de setiembre del 2012 el chófer de un minibús que tenía como destino al aeropuerto de Ezeiza se detuvo en Crespo al 5600 para levantar a un pasajero que estaba acompañado por otras 3 personas.
Cuando el conductor abrió la bodega del vehículo el supuesto pasajero y los acompañantes lo redujeron y portando armas subieron y tomaron el dominio del vehículo. A una cuadra sustrajeron el equipaje de los pasajeros y huyeron en una camioneta.
Los integrantes de la Sala Segunda del tribunal de alzada, los doctores Gerardo Muñoz, Oscar Puccinelli y María de los Milagros Lotti, señalan que el transportador tiene el deber de trasladar a la persona sana y salva al lugar convenido. Agregan que “esa responsabilidad es objetiva y existe independientemente de la culpa del empresario transportador”.
En primera instancia el juez Carlos Cadierno sostuvo que “el transportista no adoptó las medidas de seguridad a su alcance”.
El pasajero que planteó la demanda por daños y perjuicios se dirigía al aeropuerto internacional de Ezeiza para un viaje a Australia. Por los daños patrimonial y moral la empresa “Manuel Tienda León” deberá pagarle entre capital e intereses cerca de 120.000 pesos.

Fuente: Rosario Alerta

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